Banner Programa
Hallan a 229 migrantes dentro de casas de seguridad en Tamaulipas
Hallan a 229 migrantes dentro de casas de seguridad en Tamaulipas. Foto: Archivo
Hallan a 229 migrantes dentro de casas de seguridad en Tamaulipas
Hallan a 229 migrantes dentro de casas de seguridad en Tamaulipas. Foto: Archivo

En 2013, un elemento del Servicio de Protección Federal (SPF), de la entonces Comisión Nacional de Seguridad (CNS), empleó arbitrariamente la fuerza pública contra un migrante centroamericano, a quien dejó paralítico tras dispararle, en Guanajuato.

Ante estos hechos, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) dirigió la Recomendación 84/2018 a los titulares de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV), gobierno de Guanajuato y al encargado de la Subprocuraduría Jurídica y de Asuntos Internacionales, en suplencia del procurador General de la República (PGR).

El 28 de junio de aquel año, un ciudadano centroamericano señaló que la víctima, así como otras diez personas centroamericanas, subió al tren en Querétaro para dirigirse al norte y cruzar la frontera con Estados Unidos, pero al llegar a Apaseo el Grande, en Guanajuato, observaron a dos efectivos de “Protección Federal Ferroviaria”, por lo que descendieron e intentaron huir.

Sin embargo, los policías les dispararon, contraviniendo el derecho que tiene toda persona a la seguridad jurídica, y una de las balas lastimó en el pecho al joven de 23 años, a quien el uniformado le dijo: “no quería darte amigo”, y posteriormente la víctima fue trasladada al Hospital General de Celaya.

MP y perito no actuaron debidamente

Por otro lado, los agentes del Ministerio Público (MP) local y federal, así como el perito en criminalística de la Procuraduría de Justicia estatal, no actuaron con la debida diligencia en la cadena de custodia, elaboración del dictamen de balística, ni realizaron otras pruebas científicas de mayor precisión al arma de fuego del elemento del SPF responsable.

Asimismo, aunque el 21 de marzo de 2014 el agente del MP federal adscrito al juzgado quinto de distrito en Guanajuato ordenó aprehender al responsable por lesiones culposas, al no ejecutarse esa orden, el 23 de febrero de 2017 se decretó el sobreseimiento de la causa penal en favor de dicho servidor público.

Aunado a esto, el director general del Registro Nacional de Víctimas inscribió al agraviado hasta el 7 de julio de 2016, pero él sigue sin recibir atención médica y psicológica ni ha podido acceder al Fondo de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral.

Por lo anterior, la SSPC, en coordinación con la CEAV, debe brindar la reparación integral a la víctima, colaborar con la CNDH en la queja que presente ante el Órgano Interno de Control contra el elemento responsable, y ofrecer un curso relacionado con el Protocolo y Lineamientos Generales para la Regulación del Uso de la Fuerza Pública a su personal.

Gobierno de Guanajuato debe cooperar

Al gobernador de Guanajuato, Diego Sinhue Rodríguez Vallejo, le pidió colaborar en la queja que presente ante la Procuraduría General de Justicia de la entidad en contra de los servidores públicos responsables que intervinieron en la integración de la averiguación previa y dar un curso en materia de derechos humanos al personal ministerial de esa Procuraduría.

En tanto, a la Subprocuraduría Jurídica y de Asuntos Internacionales, le solicitó colaborar con la queja que se presente ante la instancia competente en la PGR contra los funcionarios responsables y que implemente un protocolo de actuación de las tareas específicas que debe realizar el MP federal.

La CEAV debe reparar integralmente a la víctima, impartir un curso sobre el contenido del Modelo Integral de Atención a Víctimas para su personal y colaborar con la CNDH en la queja que presente ante el Órgano Interno de Control y Auditoría.

Editado por Diana Lizeth Pérez Morales

incendios forestales