Buscan reconocer el matrimonio y concubinato homosexual en Puebla
Sin necesidad de amparo, registros pueden avalar matrimonios igualitarios. Foto: Ángel Flores / EsImagen
Buscan reconocer el matrimonio y concubinato homosexual en Puebla
Buscan reconocer el matrimonio y concubinato homosexual en Puebla. Foto: EsImagen

Con una reforma al Código Civil de Puebla, en el Congreso local se propuso reconocer el matrimonio y el concubinato entre personas del mismo sexo y así acatar el fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que declaró inconstitucional la ley estatal.

La iniciativa de ley contempla modificar el artículo 294 en lo que respecta al matrimonio, eliminando de su redacción que es exclusivamente entre un hombre y una mujer.

En su lugar se pretende establecer que se trata de la “unión libre entre dos personas”, de forma que no se excluya ningún género y no se incurra en discriminación.

También se planea suprimir que el objetivo del matrimonio es “procrear” y dejar el resto del texto, que lo describe como la acción de “realizar la comunidad de vida, en donde ambos se procuran lealtad, respeto, igualdad y ayuda mutua”.

En lo que respecta al concubinato, se proyecta reformar el artículo 297 en el mismo sentido, es decir, quitar la exclusividad de que es entre hombre y mujer y describirlo como “la unión de hecho entre dos personas, que estando en aptitud de contraer matrimonio entre sí, no lo han celebrado en los términos de la ley”.

Otorgarían derechos a concubinato homosexual

Con el reconocimiento del concubinato entre personas del mismo sexo, también se pretende otorgar los mismos derechos que a uno heterosexual, ya que en el artículo 298 se busca establecer que “los concubinos se deben mutuamente alimentos en los mismos casos, términos y proporciones que la ley señala para los cónyuges, mientras perdure su unión”.

Con estas modificaciones planteadas por la bancada del Partido del Trabajo (PT) además se busca acatar la sentencia 43/2015 de la SCJN, que desde junio de 2015 declaró inconstitucional restringir el matrimonio entre parejas del mismo sexo, mientras que en 2017 se hizo lo propio en Puebla.

En su jurisprudencia, la corte determinó que “considerar que la finalidad del matrimonio es la procreación constituye una medida no idónea para cumplir con la única finalidad constitucional a la que puede obedecer la medida: la protección de la familia como realidad social”.

“Pretender vincular los requisitos del matrimonio a las preferencias sexuales de quienes pueden acceder a la institución matrimonial con la procreación es discriminatorio, pues excluye injustificadamente del acceso al matrimonio a las parejas homosexuales que están situadas en condiciones similares a las parejas heterosexuales”, enfatiza el texto.

A pesar de la declaratoria de inconstitucionalidad, la pasada Legislatura (con mayoría de diputados del PAN) consideró innecesario reformar la ley para acatar lo dicho por la SCJN, de manera que las parejas homosexuales requerían una orden judicial para contraer matrimonio, lo cual acabaría con esta iniciativa presentada la semana antepasada y actualmente en espera de ser analizada para su aprobación.

Esta iniciativa se suma a la presentada por la bancada del PRI en octubre, que también pugna por el reconocimiento del matrimonio homosexual, con la diferencia de que no contempla nada sobre el concubinato.