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Por César Pérez González (@Ed_Hooover)

El valor histórico en cualquier documento emitido por o en nombre de Juana Inés de Asbaje y Ramírez de Santillana –para efectos prácticos Sor Juana Inés de la Cruz– ayuda a reconstruir usos y costumbres de la época. Más cuando se trata de fojas legales sobre su voluntad en vida, por eso acceder a su testamento resulta también importante en cuanto guía de investigación literaria.

Como es de esperar, todo a su alrededor llama la atención y es motivo de observaciones que pueden cambiar la percepción o establecer caminos novedosos de trabajo, no sólo poético sino historiográfico. Así lo entendió Enrique A. Cervantes al descubrir en documentos del Archivo de Protocolos de la Ciudad de México el testamento original de la religiosa novohispana, y dado a conocer entre 1946 y 1947.

Antes de este año tal parece que no hubo interés, al menos información certera sobre el documento, pues notas periodísticas sostienen que el hallazgo de Enrique A. Cervantes fue un hito para historiadores.

Si bien Sor Juana Inés de la Cruz había sido objeto de “rescates” literarios desde principios del siglo pasado gracias a las intervenciones de Xavier Villaurrutia, Alfonso Méndez Plancarte, Darío Puccini u Octavio Paz, por citar algunos, hacia 1947 no existió un punto de partida hacia renovados acercamientos de la monja, solamente ediciones de sus obras.

Aspectos relacionados con sus últimos días no fueron estudiados con el mismo rigor que su poesía, siendo relegados por falta de interés o conocimiento sobre ubicaciones de papeles. A tal grado que el testamento ofreció tres interrogantes en cuanto a Juana de Juana Inés de Asbaje: ¿cómo distribuyó sus bienes? ¿Quiénes fueron sus benefactores? ¿Dónde quedó su biblioteca?

 

El documento

Las preguntas iniciales fueron debidamente contestadas, sin embargo, de la última no se presentaron más detalles, incrementando las especulaciones sobre su paradero. Era claro que la vida del “Fénix de América” seguía interesando por los cabos sueltos que las certezas ofrecidas.

Pocos son los personajes que alcanzan ese nivel de intriga, salvo emblemas históricos en diferentes fases del contexto nacional, como la Independencia, Reforma o el Segundo Imperio.

Sencillamente, Sor Juana Inés de la Cruz entra en dicho paradigma con la misma intensidad que Leona Vicario y Josefa Ortiz de Domínguez. Pero, ¿qué contiene su testamento? Fiel al estilo de la época, la monja se autodenomina “natural de la provincia de Chalco”, siendo “hija legítima de don Pedro de Asbaje y Vargas”, así como “doña Isabel Ramírez”.

Una introducción amplia da cuentas del estado religioso que la novicia ejecuta, pues atiende “la brevedad de esta vida”. Señala: Y cuán está llena de trabajos y peligros, que es la honra del mundo, es breve, mudable y perecedera y sus placeres falsos y transitoria”.

Dicho estilo habrá de mantenerse durante la primera parte, efectuando un resumen de las polaridades, necesarias en la existencia humana. Asimismo, pone énfasis en lo que denomina “mar tempestuoso” que termina siendo riesgoso.

Afirma, también, que ha dedicado su vida a servir en el convento de San Jerónimo y ejercer su “profesión”, todo para asegurar “ser esta mi determinada voluntad y permaneciendo en dicho estado”, disponiendo “de mis legítimas y demás bienes”. La monja se dispone a establecer su voluntad “según lo dispuesto por el Santo Concilio de Trento para lo cual pedí y se me concedió licencia”.

Ciertamente el protocolo es notorio, no deja lugar a dudas de la estructura que debe mantener el documento y a manera de letanía, prosigue “creyendo como creo en el misterio de la Santísima Trinidad de Dios Padre, Hijo y Espíritu Santo, y en todo aquello que tiene y confiesa nuestra Santa Madre Iglesia, Católica, Romana”.

 

La distribución

Sor Juana Inés de la Cruz inicia propiamente la distribución de sus bienes que, sin embargo, no son abundantes, ya que sólo se limita en una cantidad de dinero y su dote, la cual fue entregada al convento de San Jerónimo cuando ingresó. Abunda: “Primeramente ofrezco mi ánima, cuerpo y vida a Dios nuestro Señor que la crio y redimió con su preciosa sangre”.

Pide que una vez fallecida se dispongan de sus restos mortales para ser “sepultada en la parte y lugar que se acostumbra sepultar a las religiosas profesas que lo han sido de este dicho convento”. Líneas más adelante revela que tiene en poder de su madre, “doña Isabel Ramírez”, “mis doscientos cuarenta pesos de oro en reales, cuya cantidad donó el capitán don Juan Santis de Chavarría”.

Es interesante que Juana Inés de Asbaje se limite a señalar la cantidad cerrada de sus posesiones monetarias, aunque no apunta en su testamento el motivo por el cual le fue concedido el monto. Mientras tanto, acentúa quiénes serán responsables de administrar sus bienes. “Para cumplir y ejecutar este mi testamento y en lo contenido nombro por mis albaceas y tenedoras de todos mis bienes a doña Isabel Ramírez, mi madre, y a doña María y doña Josefa de Asbaje y Vargas, mis hermanas”.

Una vez considerando las titulares de sus posesiones, la religiosa se asegura de establecer que en primer lugar la heredera universal es Isabel Ramírez “reservo al glosar de todo lo que así mejor beneficie todos los días de mi vida para ayuda a mis necesidades”. Puede considerarse una candado, además, suscribir: “Sin que por esta, otra, ninguna, el dicho convento pueda adquirir derecho ninguno a nada de lo que así me perteneciere porque, desde luego, le dejo excluido de todo”.

A la falta de su madre –prosigue– quedarán bajo resguardo de su propiedad, ahora, sus respectivas hermanas. Ahora bien, respecto a la dote ofrecida al convento de San Jerónimo, la monja aclara debidamente que “la cantidad de los tres mil pesos, que se entregó a este convento, no es de ninguna de mis legítimas, y para que así conste, lo declaro”, revocando a partir de ese momento cualquier otro testamento o legado que haya preparado en el pasado.

 

La biblioteca

Gracias a las investigaciones realizadas por Luis M. Villar en el Archivo General de la Nación (AGN) durante el verano de 2010 fue posible localizar un documento de características especiales que involucra, precisamente, a Sor Juana Inés de la Cruz. Se trata del testamento del religioso José Lombeida, en el cual se alude a una disposición de la monja para la venta de su biblioteca, antes de su muerte.

Llama la atención que en su última voluntad la llamada “Décima Musa” no dejara indicaciones sobre libros u otra propiedad similar, ante lo cual Alejandro Soriano Vallés retomó el caso a partir del hallazgo de Luis M. Villar, importante bibliógrafo de la poeta. Partiendo de esta información el religioso habría recibido instrucciones de Juana Inés de Asbaje y Ramírez para ir vendiendo paulatinamente sus libros, a fin de realizar actos de caridad.

De esta manera se podría entender que ésta no ahondara en el tema, pues durante su agonía prácticamente su biblioteca estaba agotada. “Declaro que la madre Juana Inés de la Cruz religiosa que fue del convento del glorioso doctor San Jerónimo ya difunta me entregó distintos libros para que los vendiese”, indica parte del texto.

Aunado a esta información quedaría sustentado que la religiosa no se desprendió a la fuerza de sus libros, contraviniendo –según el propio Alejandro Soriano Vallés– hipótesis sobre represalias de la Iglesia Católica. A manera de colofón, esta línea de investigación permanece abierta y ofreciendo más aportes al trabajo sobre el personaje novohispano, por lo cual seguirá presente también en lo historiográfico.

Además se demuestra que todavía restan archivos que servirán para conocer a fondo aspectos de su vida personal, sin descartar en un futuro aportes similares en torno a su legado, tal cual a la fecha continúa. Finalmente, el testamento de Sor Juana Inés de la Cruz sirve como puente entre el imaginario colectivo y los hechos concretos, hasta conocer aspectos específicos de su vida religiosa y posesiones personales, además su relación familiar, por demás interesante. (Gracias al Maestro Óscar Alejo García por facilitar una copia del documento)

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