Tepjf ordena a INE elevar financiamiento privado a independientes
Tepjf ordena a INE elevar financiamiento privado a independientes. Foto: Especial
Tepjf ordena a INE elevar financiamiento privado a independientes
Aunque no quieran, PRI y Doger pagarán 444 mp por spots contra Martha Erika. Foto: Especial

El Tepjf obligó al PRI y su excandidato a la gubernatura Enrique Doger Guerrero a pagar cuatro multas que suman 444 mil 300 pesos por difundir dos spots que contenían violencia de género contra la excandidata de Por Puebla al Frente, Martha Erika Alonso Hidalgo.

Lo anterior porque la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Tepjf) desechó este miércoles las dos impugnaciones que por cada spot presentaron los acusados para tratar de revertir las multas.

En sesión pública, los magistrados determinaron por unanimidad de votos confirmar las sanciones impuestas por la sala especializada en la última semana de junio.

Por el audiovisual titulado “Pue L Doger Chocolate” fueron castigados con 282 mil 100 pesos (141 mil 800 para el partido y 40 mil 300 para el candidato), por lo que tramitaron los juicios de revisión SUP-REP-602/2018 y SUP-REP-612/2018 para intentar librar las multas.

Por el spot “Pue L Doger Espejito” se les sancionó con 121 mil 900 pesos (121 mil 900 al PRI y 40 mil 300 al abanderado, razón por la que interpusieron otros dos recursos: el SUP-REP-627/2018 y SUP-REP-629/2018.

PRI pagará 363.7 mp y Doger, 80.6

Tras ser declarados infundados sus argumentos para invalidar las multas, el tricolor está obligado a pagar 363 mil 700 pesos y Doger Guerrero 80 mil 600; uno por producir y pautar ante el Instituto Nacional Electoral (INE) los spots, y el otro por difundirlos en sus redes sociales.

A decir de los magistrados, el material propagandístico promovía estereotipos en razón de género, minimizaba la participación política de Alonso Hidalgo y señalaba que su aspiración obedece a intereses de su esposo, el exgobernador Rafael Moreno Valle, por lo tanto, incurrían en violencia política.

Esto debido a que ambos enviaban el mensaje de que votar por la candidata panista era “votar por la relección” del exmandatario, ya que señalaban que él se encargaría de gobernar por medio de su esposa.

Aunque el PRI y su candidato argumentaron que el contenido de los spots no era misógino, sino una crítica apegada a la libre expresión, el tribunal determinó lo contrario, pues refirió que en realidad “reforzaban estereotipos discriminadores”; demeritaban el valor de la candidata, sus propuestas y méritos políticos, así como reproducían “ideas sexistas y excluyentes”.

Por lo anterior, resolvieron confirmar las multas, así que el partido y Doger Guerrero están obligados a pagarlas, aunque no lo quieran, ya que de no hacerlo podrían aumentar.