Puebla, entre 8 estados con menor avance en leyes para proteger mujeres: CNDH
Puebla, entre 8 estados con menor avance en leyes para proteger mujeres: CNDH. Foto: Especial

Puebla, entre 8 estados con menor avance en leyes para proteger mujeres: CNDH
Puebla, entre 8 estados con menor avance en leyes para proteger mujeres: CNDH. Foto: Especial

Puebla es parte de los ocho estados con menor avance –sólo 77.33 por ciento– en armonización de leyes federales y políticas públicas para garantizar que las mujeres vivan libres de violencia; a nivel nacional el progreso en estas normativas es de 79.27 por ciento.

Así lo señaló Luis Raúl González Pérez, presidente de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), al presentar “La plataforma de seguimiento a la armonización normativa de los derechos humanos -El derecho de las mujeres a una vida libre de violencia-” en el Senado, como parte de la conmemoración del “Día Internacional de las Mujeres”.

Las entidades federativas que acompañan a la entidad poblana en este rezago legislativo son el Estado de México, Guanajuato, Hidalgo, Michoacán, Nayarit, Oaxaca y Yucatán.

De acuerdo con el ombudsman nacional, Puebla no toma en cuenta el derecho que respeta la dignidad inherente a la persona, y que se proteja a su familia, en esta situación también se encuentran Baja California Sur, Campeche, Chihuahua, Colima, Estado de México, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, Michoacán, Nayarit, Oaxaca, Sinaloa, Sonora, Veracruz y Yucatán, por lo cual a nivel nacional el avance es de 78.75 por ciento.

Además, respecto al derecho de la mujer a ser valorada y educada libre de patrones estereotipados de comportamiento y prácticas sociales y culturales basadas en conceptos de inferioridad, junto con el Estado de México y Michoacán, la entidad no forma parte del 96.25 por ciento de avance nacional.

Pretende detectar tareas pendientes

González Pérez explicó que esta plataforma pretende abonar al seguimiento que se haga a la armonización integral del Sistema Jurídico México, en relación con la Reforma Constitucional de Derechos Humanos de 2011, así como detectar tareas pendientes en el ámbito legislativo vinculadas a la implementación efectiva de los derechos de las mujeres.

Señaló que los principios rectores que deben ser observados al momento de diseñar e implementar políticas públicas que garanticen el derecho de las mexicanas a una vida libre de violencia son la igualdad jurídica entre la mujer y el hombre, el respecto a la dignidad humana de las mujeres, la no discriminación y la libertad de las mujeres.

Asimismo, explicó que se analizaron 15 mil 340 artículos de leyes estatales, verificando que incorporaran los doce derechos que constituyen los elementos básicos para que las féminas tengan acceso a una vida plena.

Al respecto, las mujeres tienen derecho a que se respete su vida; que se respete su integridad física, psíquica y moral; a la libertad y a la seguridad personal; a no ser sometida a tortura; a que se respete la dignidad inherente a su persona, y que se proteja a su familia; a la igualdad de protección ante la ley y de la ley, y a la igualdad de oportunidades; al acceso a la justicia.

Así como a tener igualdad de acceso a las funciones públicas de su país y a participar en asuntos públicos, incluyendo la toma de decisiones; a ser libre de toda forma de discriminación; a ser valorada y educada libre de patrones estereotipados de comportamiento y prácticas sociales y culturales basadas en conceptos de inferioridad o subordinación; a la salud y a contraer matrimonio de manera libre e informada.

Detalló que las normas jurídicas que se revisaron por entidad federativa y a nivel federal fueron las siguientes: el Código penal (o leyes para prevenir la tortura); Código civil (o ley familiar, en aquellas entidades que lo tengan); Ley de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia (Lamvlv); Ley para la igualdad entre mujeres y hombres (LIMH); y Ley para prevenir y erradicar la discriminación (LEPD).

Chiapas tuvo el porcentaje más alto

En el resumen de los resultados correspondientes a las disposiciones jurídicas por el conjunto de entidades, con fecha de corte al 15 de septiembre de 2017, resaltó que el estado que obtuvo un porcentaje más alto fue Chiapas, con 90, seguido por Tlaxcala con 86.67; mientras que el porcentaje que obtuvo la legislación federal fue de 76.67.

Según González Pérez, podría considerarse que al estar contemplados en la Constitución o en una Ley General, los derechos son aplicables para todos los ciudadanos y no pueden estar sujetos a que las personas acudan a una instancia jurisdiccional para reclamar su vigencia, de ahí la relevancia que tiene la armonización normativa para los mexicanos.

En el caso de las mujeres, atendiendo a la condición de vulnerabilidad que enfrentan, el ejercicio de sus derechos no puede estar condicionado a requerimientos especiales dependiendo de la entidad federativa en la que habiten.

La plataforma permite identificar comparativamente el avance que registra cada entidad federativa para incluir, modificar o derogar las normas que obstaculizan los derechos humanos de las mujeres y que estas se encuentren plenamente armonizadas con lo que establecen los instrumentos internacionales.

Para conocer más sobre los datos proporcionados, visita la página de Seguimiento a la armonización normativa de la CNDH.

Editado por Diana Lizeth Pérez Morales