Registros civiles siguen ignorando a la SCJN para avalar matrimonios gay
Registros civiles siguen ignorando a la SCJN para avalar matrimonios gay. Foto: Especial

Registros civiles siguen ignorando a la SCJN para avalar matrimonios gay
Reformar código civil para que no haya pretexto en uniones gay: académicos. Foto: Especial

Jaime Brito Naylor y Francisco Javier de la Fuente Linares, académicos de la Escuela Libre de Derecho de Puebla (ELDP), señalaron que es necesario reformar el Código Civil estatal para que no haya “pretexto” en prohibir los matrimonios igualitarios.

En entrevistas, Brito Naylor comentó que si bien se tiene una jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), asentada desde 2015, en la que se manifestó que en todos los estados deben permitirse estas uniones, en la legislación local sigue habiendo vacíos.

Uno de los principales problemas actuales en Puebla –dijo– es que, en las actas de matrimonio que emiten los registros civiles, se solicita los nombres de “el hombre y mujer”, por lo que si son dos hombres o dos mujeres los que se quieren casar no pueden firmarlas.

“Ellos –los funcionarios– siguen ciertas pausas, por lo que debería armonizarse y reformarse el Código Civil para evitar confusiones en este tipo y no puedan surgir problemas a futuro, además de que así ya no habría pretexto para que no los casen”, pronunció.

Por su parte, de la Fuente Linares comentó que aunado a la reforma que se tiene que hacer, también debe capacitarse a los funcionarios de los registros civiles, para que estos sepan que los matrimonios entre personas del mismo sexo están permitidos en la entidad.

Y es que, dijo, la responsabilidad de casar o no a una pareja homosexual cae en los que están al frente de los juzgados, a pesar de que dependan de la Secretaría General de Gobierno (SGG).

Formato de actas, el pretexto: Odesyr

Sobre el tema, Brahim Zamora Salazar, vocero del Observatorio Ciudadano de Derechos Sexuales y Reproductivos (Odesyr), comentó que hay algunos registros civiles que ya están permitiendo estas uniones, aunque no precisó cuántos son ni cuáles.

No obstante, refirió que la problemática o “pretexto” que ponen es que los formatos de las actas continúan manejando únicamente las figuras de hombre y mujer, razón por la que no pueden casarlos.

Es necesario mencionar que en agosto del año pasado la SCJN declaró la invalidez del Código Civil de Puebla por no reconocer los matrimonios igualitarios, esto tras la acción de inconstitucionalidad 29/2016 promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) en abril de 2016.

En el documento, el máximo tribunal judicial del país manifestó la invalidez del artículo 300 de dicho código, pues establece que el matrimonio es la unión entre “un hombre y una mujer”; así como el artículo 294 que señala como objetivo del matrimonio “perpetuar la especie”.

Derivado de esta resolución, en ese entonces el presidente del Congreso local, Jorge Aguilar Chedraui, afirmó que como la SCJN declaró inconstitucionales los dos artículos, en automático tendrían que permitirse, pero afirmó que el Legislativo poblano no está obligado a reformar el código.

Lo anterior, porque explicó, se tenían dos vías: una era legislar sobre el tema y otra, que se declarara la invalidez de los artículos mencionados, por lo que al concretarse la segunda –dijo– la aplicación de dicha medida corresponde “estrictamente” a los registros civiles.

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Comunicólogo por formación y reportero de profesión en Angulo 7 Noticias desde octubre de 2014. Poblano de Libres radicando en la capital, persona sería y en ocasiones divertida, amante del fútbol...