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Columnistas-MayraSanchezGarcia

El 2018 está a la vuelta de la esquina. Si bien es cierto que la paridad de género se encuentra legislada, existe un término que sólo de evocarlo me aterra: violencia política de género.

Te preguntarás ¿Cómo debemos definirla?

Debemos hacer un pequeño recorrido y mencionar que en el 2015, en el marco del aniversario de los veinte años de la aprobación por parte de 189 países de la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing, en la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer; se publica “La hora de la igualdad sustantiva. Participación política de las mujeres en América Latina y el Caribe Hispano”.

Con este documento la oficina regional de ONU Mujeres para las Américas y el Caribe contribuye con la transformación hacia la democracia paritaria como una meta para lograr la igualdad sustantiva en los hechos, entre mujeres y hombres en todas las esferas del desarrollo.

La propuesta es ¡genial!, pero ¿estarán listas las américas para poder redimensionar el trabajo de las mujeres que incursionamos en política? ¿Estaremos claros que el concepto de violencia política va más allá del escenario de la paridad de género?

Hagamos un poco de historia

Si bien es cierto que, se han hecho esfuerzos en temas de políticas de género, volvamos a 1947 cuando La Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer se reunió por primera vez en Lake Success, Nueva York. Este hecho buscó establecer normas y formular convenciones internacionales que cambiaran las leyes discriminatorias y aumentaron la sensibilización mundial sobre las cuestiones de la mujer, entre ellos los inicios de las propuestas de lo que sería el “lenguaje de género”.

Para 1953, se llevó a cabo la Convención sobre los Derechos Políticos de la Mujer, que fue el primer instrumento de derecho internacional en reconocer y proteger los derechos políticos de nosotras.

En 1963, los esfuerzos para consolidar las normas relativas a los derechos de la mujer condujeron a la Asamblea General de las Naciones Unidas a solicitar a la Comisión que elaborara una Declaración sobre la eliminación de la discriminación contra la mujer, que en 1967, la Asamblea aprobó en última instancia.

Para 1979, y con la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (Cedaw), se creó un instrumento jurídicamente vinculante cuya redacción también corrió a cargo de la Comisión.

En 1999, el Protocolo Facultativo de la Convención introdujo el derecho de presentar una demanda para las mujeres víctimas de discriminación.

En 1972, coincidiendo con el 25º aniversario de su creación, la Comisión recomendó que 1975 fuera declarado Año Internacional de la Mujer.

Y a partir de 1972, se concatenaron, la serie de acontecimientos en favor de las mujeres, hechos que, si podemos recordar se celebraron cumbres, conferencias, todas en favor de la paz y la igualdad. Los escenarios son diversos: Nairobi, Copenhague, Beijing y México entre otros. La búsqueda fue la eliminación de la violencia hacia las mujeres, las causas, las consecuencias y la orientación para que los esfuerzos consiguieron elevar las cuestiones de género a la categoría de temas transversales, dejando de ser asuntos “independientes”.

A cuarenta años de estas condiciones –no digo de lucha, pero sí de un replanteamiento de escenarios-, se logra que el tema de equidad sea considerado como un eje rector de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.

El recorrido ya por más de 50 años, no ha sido fácil, si bien es cierto que como mujeres hemos luchado en favor de la igualdad, de la equidad y demás, tenemos aún, la serie de condiciones sociales, culturales que implican echar una mirada a nuestra sociedad patriarcal latinoamericana.

Sobre la equidad política

Debemos recordar que a lo largo de la historia existen un sin número de casos de mujeres que han sido víctimas de la violencia política. Me viene a la mente el caso de Elvia Carrillo Puerto, quien en 1923 fue electa diputada al congreso de Yucatán y quien al desempeñar su cargo, durante dos años, renunció debido a las amenazas de muerte que recibió. Ya en 2009, existieron casos de mujeres que fueron electas y tuvieron que renunciar a sus cargos simplemente por el hecho de ser mujer. Fueron 11, las que conformaron este fenómeno político llamado Las Juanitas.

El tema de Las Juanitas, surgió luego de que los partidos políticos mexicanos nominaron a ONCE candidatos de género femenino a puestos públicos de elección popular con el objetivo oculto adicional de hacer que esa candidata se haga reemplazar lo antes posible por su suplente (generalmente varón) predispuesto por el mismo partido. De esta forma no se violó la letra de la cuota de género que marca el reglamento electoral en México. El concepto cobró vida a raíz de los casos de renuncias en serie ocurridas en la política mexicana en el año 2009.

El fenómeno social y político tomó tanta fuerza que obligó al Tribunal Electoral de la Federación a tomar cartas en el asunto y homologar en término de género para las siguientes elecciones.

Otro caso muy sonado fue el de Eufrosina Cruz, quien ganó la elección por una alcaldía, sin embargo en ese municipio no se aceptó su nombramiento “por ser mujer”, así que fue doblemente violentada: por ser indígena y por ser mujer.

Paridad horizontal y vertical de género

La obligación del Estado es: “instrumentar reglas para hacer posible la paridad de género en la integración de los órganos de representación popular, a efecto de lograr la participación política de las mujeres en condiciones de igualdad real”, entendiendo que la paridad de género opera como un principio y como una regla constitucional.

Así que si hablamos de paridad de género, debemos de hablar de que debe ser: primero vertical, donde la postulación de candidaturas de un mismo ayuntamiento para presidente, regidores y síndicos municipales sea en igual proporción de géneros. Planilla alternada. Y, horizontal: asegurar la paridad en el registro de las candidaturas entre los diferentes ayuntamientos que integran un Estado. Es decir, que las candidaturas para presidencias de alcaldías se reparta igualitariamente entre hombres y mujeres.

La paridad en Puebla

Con fecha 31 de julio de este año, a través de la diputada Silvia Tanús, presidenta de la Comisión de igualdad de género del Congreso del Estado de Puebla, se dio a conocer que es histórica la votación de los legisladores, para que exista la paridad horizontal y vertical en el estado poblano. Todo este escenario implica un avance real y contundente en términos de igualdad sustantiva.

Este escenario, parte de la publicación en el diario oficial de fecha 31 de julio y abre un parteaguas en término de paridad e igualdad para las mujeres poblanas. Hablamos ya del respeto al trabajo político de “nosotras” quienes desde cualquier trinchera política con compromiso, capacidad, disciplina y conocimiento de nuestro entorno, podremos caminar en equilibrio con las propuestas en favor de un proyecto de nación, que en armonía con los trece estados que han legislado en favor de la paridad vertical y horizontal oriente los rumbos políticos y sociales del México del siglo XXI.

Los retos y logros de esta legislación en armonía evitarán el recrudecimiento de la violencia política de género. A través de las legislaciones estatales, y la suma de esfuerzos en conjunto, llegaremos a buen puerto rumbo al 2018, donde el 50% de los rostros de las boletas electorales estarán representados por mujeres.

En el 2018 tendremos en todo el país 3,327 cargos electivos en disputa: un presidente de República, 500 diputaciones federales, 128 senadurías, nueve gobernadores incluyendo jefe de Gobierno en la capital, 984 diputaciones locales; 1,598 ayuntamientos.

Bajo este escenario, sólo me resta decirte, Al tiempo.

@mayrusmayrus7

@divandelamujer

Referencias bibliográficas.
2015, Género, cultura y sociedad; Igualdad de género y empoderamiento de las mujeres, ONU.

*Las opiniones expresadas en esta sección son de exclusiva responsabilidad de quienes las emiten y no representan la línea editorial del portal de noticias Ángulo 7.

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