SCJN ampara a Telcel contra “tarifa cero” y ordena a IFT regularla. Foto: La Crónica de Hoy
SCJN ampara a Telcel contra “tarifa cero” y ordena a IFT regularla. Foto: La Crónica de Hoy

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJ) amparó a Telcel contra la “tarifa cero”, aprobada por el Congreso federal en 2014, que le prohibía cobrar a competidores por el uso de su red de interconexión, y ordenó que el IFT regule esta medida.

Por unanimidad, la segunda sala de la SCJN declaró inconstitucionales el párrafo segundo, inciso a, del artículo 131, de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, así como sus transitorios sexto, vigésimo y trigésimo quinto, donde se establece que, por ser agente preponderante, dicha empresa no puede cobrar el uso de su red a otras, pero estas sí a ella.

Lo anterior determinaron los magistrados tras acordar que, desde la reforma constitucional de 2013, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), y no el Congreso de la Unión, tiene la facultad de declarar la existencia de una empresa preponderante en el sector de las telecomunicaciones y fijar a esa firma “la regulación asimétrica correspondiente”.

En este sentido, aclararon que su sentencia no se pronuncia sobre la validez de una “tarifa cero”, sino que se limita a resolver el “problema” de a qué organismo compete regular tal medida, por lo que, en adelante, corresponderá al IFT establecer la regulación tarifaria que considera pertinente según sus facultades constitucionales.

Fallo de IFT estará en diciembre y no será retroactivo

De acuerdo con la ley federal de telecomunicaciones, el IFT deberá fijar las tarifas que regirán el mercado en 2018 a más tardar el 15 de diciembre, siempre y cuando los concesionarios no logren llegar a un acuerdo entre ellos primero.

Si el instituto determina que Telcel puede cobrar tarifas, la corte sentenció que debe establecer un “modelo de costos” y sujetarse “a los plazos y principios establecidos en el artículo 129 de dicha legislación.

Por otra parte, determinó que el amparo no tiene efectos retroactivos, por lo que Telcel no podrá cobrar a su competidores por los tres años que no le han pagado el uso de su red.

Asimismo, advirtió que su fallo sólo beneficia a la compañía de telefonía móvil, pero no a otras filiales de América Móvil, como Telmex, propiedad del empresario mexicano Carlos Slim Helú, cuyo equipo de abogados solicitó a la SCJN declarar inconstitucional la “tarifa cero” argumentando que es “confiscatoria, carece de razonabilidad objetiva y constituye una restricción desproporcionada a la libertad de comercio”.

Fuentes: Reforma, Sin Embargo