Patricia Méndez/E-consulta

En Puebla, el robo de ganado tiene una penalización más alta que delitos como el estupro, el hostigamiento y el acoso sexual.

La falta de penas más contundentes para ese tipo de ilícitos, de los que en mayor medida son víctimas las mujeres, evidencia una falta de atención por parte de los legisladores locales para prevenir agresiones más graves hacia ese género, como las violaciones o el feminicidio.

Así lo consideró Brahim Zamora Salazar, representante del Observatorio de Derechos Sexuales y Reproductivos (Odesyr), quien resaltó que los integrantes de la legislatura actual -59- aún cuentan con dos años más para impulsar cambios en la ley que propicien una política pública para prevenir y eliminar la violencia hacia las mujeres.

Robar ganado alcanza penas más altas que el acoso sexual

En la Constitución Política del estado se establece una pena de entre dos y hasta 12 años de prisión para quien cometa el delito de robo de ganado, dependiendo del valor de los animales que se hayan hurtado. También se contemplan multas que oscilan entre los 400 y 900 días de salario mínimo.

En contraste, el ilícito de estupro que consiste en tener relaciones sexuales –cópula– con una persona mayor de 12 años y menor de 18, empleando el engaño, alcanza una sanción de dos a ocho años de prisión y una multa de 100 a 300 días de salario mínimo.

Además, las autoridades procederán en contra del responsable únicamente si existe una queja de la víctima, de sus padres o representantes.

En el caso del delito de hostigamiento sexual, que es el asediar a otra persona con propuestas sexuales que utilicen un lenguaje lascivo, aprovechándose de una posición jerárquica de subordinación, se impondrá al responsable prisión de seis meses a dos años y una multa de 50 a 300 días de salario mínimo.

En tanto, el delito de acoso sexual, entendido como llevar a cabo conductas verbales, físicas o ambas, relacionadas con la sexualidad hacia otra persona poniéndola en riesgo o en estado de indefensión, la pena consiste en una multa de 50 a 300 días de salario.

Legislación no ayuda a prevenir delitos más graves como el feminicidio

Para Brahim Zamora, en el estado no hay una armonización legislativa con criterios internacionales para prevenir las agresiones hacia las mujeres, como por ejemplo, el que establece la Organización de las Naciones Unidas (ONU) para que ese sector de la población tenga acceso a la justicia.

Lo más serio, consideró el activista, es que los diputados locales son omisos sobre el tema, pues no hay iniciativas que busquen un “piso parejo” para sancionar la violencia contra las féminas.

Un ejemplo de lo anterior es que intentaron legislar para aumentar las penas por el delito de feminicidio ante la posible emisión de una alerta de género por los altos índices de ese ilícito, lo que demuestra un actuar reactivo pero no de prevención.

Señaló que si no existen medidas eficaces para atender delitos como el acoso sexual, tampoco se podrán evitar delitos más graves como la violencia familiar o los homicidios por razones de género.

En opinión del especialista, los actuales diputados cuentan con dos años más en funciones para emprender un fortalecimiento del marco normativo y lograr un adecuado sistema de prevención. “Nadie tendría que llegar a hacer una denuncia ante el Ministerio Público (MP), si se llega al MP, entonces no existe un trabajo de prevención”, acotó.

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