Efraín Núñez/E-consulta

Obligación de dictaminar las cuentas públicas en un periodo de ocho meses después de presentadas, informes públicos de resultados y observaciones, así como nuevas atribuciones de la Auditoría Superior del Estado (ASE) como las promover juicio político por presuntas anomalías de los sujetos de revisión, establece iniciativa para crear la Ley de Rendición de Cuentas y de Fiscalización Superior, que este miércoles fue presentada ante el pleno del Congreso del Estado.

Cabe señalar que esta ordenanza sustituirá a la actual Ley de Fiscalización Superior y forma parte de los 11 ordenamientos que deben adecuarse para instaurar el Sistema Estatal Anticorrupción.

Entre las nuevas facultades que tendría la ASE en caso de que se apruebe la iniciativa también se encuentran las de promover responsabilidades administrativas y penales en contra de sujetos de revisión, así como las de revisión de la deuda pública.

Durante la presentación de la iniciativa la presidenta de la Comisión Inspectora, Patricia Leal Islas, subrayó que en esta reglamentación desaparecen los conceptos de “posterioridad” y “anualidad”, en tanto que se incrementan los plazos para cumplir con los requerimientos de la cuenta pública.

Los nuevos plazos y la “transparencia” de la cuenta pública

La legisladora panista subrayó que con esta nueva disposición el Congreso tendrá la obligación de dictaminar la cuenta pública ocho meses después de presentada. Cabe señalar que este 2016 aún se revisan cuentas de 2011.

Sostuvo que al desaparecer el concepto de “posterioridad”, la fiscalización iniciará desde el primer día hábil del año siguiente a revisar. Actualmente la Ley de Fiscalización Superior establece que el proceso de fiscalización se realiza con “posterioridad” sin especificar el momento.

“Va a ser público. Se rendirá copia del informe al Sistema Estatal Anticorrupción, así como al Comité de Participación Ciudadana”, subrayó Leal Islas en tribuna.

La nueva reglamentación establece que “la cuenta pública del Estado”, es decir la de los tres poderes y los órganos autónomos se presenta en un mismo paquete, con la especificación de cuántos recursos ejerció cada uno.

“El gobierno estatal está obligado a entregar (su cuenta pública) en abril del año siguiente ante el Congreso (Actualmente se presenta el último día hábil del mes de mayo). Y ante la ASE por lo que respecta a los Ayuntamientos”, expuso.

En caso de la conclusión de periodos constitucionales, los estados financieros se deberán entregar con corte al último día del mes inmediato anterior, en tanto que la ASE podrá realizar revisiones preventivas.

Asimismo, la nueva reglamentación obligaría a la generación de tres tipos de informes, es decir, los individuales, los generales y los específicos, aunque solo se aclara en qué consisten los primeros.

Destacó que actualmente en los informes de la cuenta no se hacen públicas las observaciones, lo que cambiará.

Por esta razón, en los reportes que ofrezca la ASE se deberá de publicar el resumen del gasto público de los entes de fiscalización y la evaluación de la deuda fiscalizable.

Entidades deben responder observaciones en 30 días

La ASE también estará obligada a remitir informes individuales durante el proceso de revisión, los cuales de igual forma serán públicos.

“Contendrán criterios de selección, cumplimiento de las leyes de Ingresos y de Egresos, recomendaciones, datos sobre presunta responsabilidad administrativa, así como las observaciones que se hicieron durante las revisiones”.

Al respecto, sostuvo que las entidades tendrán 30 días hábiles, una vez que sean notificados, para solventar las observaciones.

“La ASE contará con un plazo de 160 días hábiles para pronunciarse. Antes de las recomendaciones habrá reuniones de resultados preliminares con las entidades a fin de tener mecanismos para su atención”.

Asimismo, la ASE emitirá al Congreso local reportes semestrales para verificar la solventación de las observaciones, mismos que se presentarán durante los primeros días hábiles de julio y diciembre.

“Estos deberán contener el estado de las denuncias penales y los procedimientos de responsabilidad administrativa promovidos. Serán publicados en la página de la ASE”.

Las nuevas atribuciones de la ASE

Con la entrada en vigor del nuevo Sistema Estatal Anticorrupción, la ASE tendrá nuevas facultades como las de promover responsabilidades administrativas y presentar denuncias y querellas penales, por faltas no graves ante el órgano interno de control y por faltas graves ante el nuevo Tribunal de Justicia Administrativa.

También podrá promover juicio político ante el Congreso del Estado por la presunción de actos u omisiones de los servidores públicos.

En ese sentido, la reforma establece que cualquier persona podrá presentar denuncias por supuesto desvío de recursos de manera directa ante las instancias correspondientes.

La ASE podrá hacer verificaciones de la deuda pública como parte de las nuevas responsabilidades financieras.

De igual forma, la ASE podrá contratar a terceros para el auxilio de tareas específicas y tendría la facultad de grabar reuniones de trabajo o audiencias previo consentimiento de las partes por escrito.

Prescripción aumenta hasta 7 años

Otro aspecto a destacar de la reforma es que la prescripción de una irregularidad administrativa cambia de cinco hasta siete años.

Asimismo, aumentará el plazo para cubrir requerimientos hechos a los sujetos de revisión de cinco a 10 días, en tanto que las medidas de apremio aumentaron hasta 100 mil unidades de medida.

Y se incrementa a 10 días el plazo para el pago de multas y el horario de atención en la ASE aumentará, es decir será de 08:00 a 18:00 horas.

Si no hay mayoría para elegir auditor se propone otra terna

Respecto a la elección del auditor general una de las modificaciones establece que en caso de que cuando en la terna presentada ningún candidato obtenga las dos terceras partes de los votos de los diputados, se propondrá una segunda terna en la que se desechen a los integrantes de la anterior.

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