Este martes, la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) informó que a partir de este día, en todas las oficinas consulares se expedirán actas de nacimiento, matrimonio y defunción a los mexicanos que radican fuera del territorio nacional.
En un comunicado, la SRE, precisó que la medida se implementó en términos del artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para dar mayor seguridad en relación al nombre y nacionalidad de mexicanos que se encuentran en el extranjero.
De igual manera, se comunicó que la nueva disposición de los servicios consulares ha sido publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), y tiene como finalidad evitar el desplazamiento de los connacionales a territorio nacional para realizar los trámites de su registro.
Asimismo, se busca salvaguardar el derecho a la identidad de los connacionales que se encuentren en el exterior sin sus registros de nacimiento, por lo cual se les otorgará la posibilidad de realizar trámites que les pueden ayudar a regularizar su situación migratoria, al poder obtener documentación reconocida en el exterior, como es el pasaporte o una matrícula consular.
Cabe mencionar que en el caso de actas de matrimonio, sólo se expedirá si ambos contrayentes son mexicanos.
Fuente: El Sol de México
Editado por: Ricardo Guerrero