Por Alejandra Olivera

Mientras la diputada del PRD, Socorro Quezada Tiempo, dijo que es inviable que haya una nueva figura jurídica que no sea matrimonios igualitarios “pues ya es un derecho de la SCJN”; Julián Peña Hidalgo, dijo que la nomenclatura es secundaria.

En entrevista, Quezada Tiempo criticó que panistas y priistas “ahora sí” quieran legislar sobre la iniciativa de “sociedades de convivencia”, que tiene unos 15 años estancada en comisiones, cuando es una figura “totalmente diferente” a la de matrimonios igualitarios.

Lo anterior luego que los diputados panistas, Pablo Montiel Solana y Francisco Rodríguez Álvarez, marcharan contra la legislación de matrimonios gay, evento en el que señalaron que buscarán haya una figura jurídica que defina las uniones de individuos del mismo sexo.

Recordó que las sociedades de convivencia, son un contrato civil en el cual se establecía que cualquier persona podría celebrar ese contrato con otra persona; supuestamente –dijo– les otorgaba derechos y obligaciones, como la seguridad social.

 

No es equiparable a matrimonios

No obstante, no reconoce vínculos familiares, y solamente concierne a los adultos de cualquier sexo o género que subscriban el convenio, excluyendo a los hijos menores de cualquiera de los convivientes. Además, el hecho de establecer una sociedad de convivencia no cambia el estado civil de los convivientes, que siguen siendo solteros legalmente. Por ello, la sociedad de convivencia no es realmente equiparable a un matrimonio sino que más bien es una forma de unión civil.

“Ya no es viable, ahora se debe aprobar el matrimonio igualitario, porque ya es un asunto de la Suprema Corte de Justicia Nacional (SCJN) y una discusión a nivel nacional”, insistió.  

Al respecto, el diputado de Movimiento Ciudadano, Julián Peña Hidalgo, confió en que la postura panista sea sólo por evitar el uso de la palabra “matrimonio”, quienes aducen que sólo se puede llamar así a la unión entre hombre y mujer,  no así de los derechos atribuidos por la SCJN, como el de adoptar.

 

Unión homoparental, sin impedimentos para adoptar

Consideró que el nombre que se usen es una cuestión secundaria, pues lo primordial es legislar ya al respecto, pues la “SCJN ha emitido jurisprudencia en ese sentido y en Puebla tendríamos ya que aceptar ésta figura y legislar en favor de las personas, para obtener esta unión legalizada mediante esa reforma al código civil 294”.  

Avaló la adopción, toda vez que si se legaliza esta unión las parejas y se reconoce a la unión homoparental como familia no habría entonces impedimento para que pudiera adoptar.

Ese derecho le corresponde a los menores, hay esta figura de interés superior del menor, el derecho de tener una familia le correspondería a los menores”, acotó.

 

Foto: Especial