Yoselin Ivette Gamez || @yoselin_ivette

La Suprema Corte de la India ignoró las peticiones de la comunidad LGBT porque señaló al parlamento como único responsable de despenalizar la homosexualidad, que el artículo 377 del Código Penal establece al encarcelamiento como sanción

Primero en 2009,  la comunidad Lésbico, Gay, Bisexual y Transexual (LGBT) de la India fue beneficiada de la despenalización de la homosexualidad, pero posteriormente en 2013, la homosexualidad volvió a castigarse con cárcel.

Por lo que, dicha la comunidad, con apoyo de organizaciones como Naz Foundation, solicitaron revisiones constitucionales al artículo 377, apelando que dicho apartado no valida el respeto a sus derechos.

La sección 377 del Código Penal Indio establece: “quienquiera que voluntariamente establezca relaciones carnales  con algún hombre, mujer o animal  que vayan en contra de la naturaleza será castigado con cadena perpetua o encarcelamiento que podría extenderse hasta por 10 años”.

A partir de 2014 comenzó la revisión constitucional de dicho artículo, pero fue hasta este jueves que cinco magistrados de la Suprema Corte dieron a conocer su veredicto, reiterando su indisposición a escuchar las peticiones de la comunidad gay, aunque también instaron a acudir con el juez que preside la Corte.

De acuerdo con Times Of India, esta es la primera vez que la población directamente afectada  por el artículo 377 ha cuestionado la validación constitucional de la ley.

 

Fuentes: The guardian, Huffington Post, Times of India

Foto: Expansión