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Gobierno debe ser abierto y no sólo pensar en proyectos personales. Foto: Expreso Campeche
Por Diana Juárez @Diana_J_M

La SCJN validó que en Puebla los partidos deben de obtener el 3 por ciento de votación para obtener diputaciones plurinominales, pero sin considerar sufragios nulos ni los emitidos a favor de candidatos no registrados.

Lo anterior luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), con base en el proyecto presentado por Margarita Beatriz Luna Ramos, resolvió las acciones de inconstitucionalidad 77/2015 y 78/2015, presentadas por los partidos de la Revolución Democrática (PRD) y Movimiento Regeneración Nacional (Morena) contra la Constitución de Puebla.

Además, no dio la razón a los quejosos respecto a que es “deficiente” la regulación de la paridad de género a nivel municipal ni sobre la incompetencia del Legislativo estatal para estipular reglas de fiscalización de los partidos.

De este modo, se prevé que en los próximos días el máximo órgano de justicia en el país, a cargo de otro ministro, resuelva las quejas del PRI, Movimiento Ciudadano (MC) y otro Morena, con las que apelaron que  son excesivas las firmas que requiere un ciudadano que desea competir por la vía independiente, además de que los simpatizantes deben comparecer ante el INE, se resuelven a favor.

Cabe mencionar que el viernes pasado la SCJN anuló la prohibición de que partidos nuevos formen coaliciones y de que se duplicara el número de representantes de partidos en el consejo del Instituto Electoral del Estado (IEE).

 

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