Por Edgar Guzmán Uribe @Edd_g89

El presidente de la Comisión de Movilidad Urbana, Adán Domínguez Sánchez, rechazó que ya existan sanciones a automovilistas que no porten botiquín y extinguidores en sus vehículos como lo establece el nuevo reglamento de tránsito.

Informó que tras solicitar a la Secretaría de Seguridad Pública y Tránsito Municipal (Ssptm) tal información, dicha dependencia le notificó que hasta el momento no se han aplicado infracciones por no cumplir con ese punto.

No obstante, refirió que todo intento de extorsión a los ciudadanos por parte de los agentes debe ser denunciado, pues la aplicación del reglamento de tránsito –que inició el pasado 28 de agosto– no tiene un objetivo recaudatorio.

Sostuvo que dará seguimiento formal a este tema, por lo que continuamente solicitará informes a la Ssptm sobre la aplicación de la nueva norma.

Asimismo, Domínguez Sánchez sostuvo que los conductores pueden tomar datos, fotografías, y nombres de los elementos de tránsito cuando les realicen algún operativo, y en caso de que considere que el actuar del mismo no es el adecuado reportarlo ante el ayuntamiento.

Cabe mencionar que el artículo 271, fracción II del inciso l y fracción III, inciso d, menciona que carecer de botiquín, extinguidor, reflejantes, faroles o banderas rojas de señalamiento, en los casos exigidos por el capítulo 10 del Código Reglamentario Municipal (Coremun) –Reglamento de Tránsito—se aplicará una multa de 4 a 8 días de salario mínimo, es decir, de 273 a 546 pesos.

 

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